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REGLAMENTO DE LA PROMOCION “VERANO 2012”    

 

  1. Las empresas detalladas al pie de la presente, en adelante el “Organizador” o “Asociación Mutual para Conductores y Asistencia Total de Motovehículos” invitan a sus socios a participar de la Promoción “Verano 2012” (la “Promoción”), que tendrá lugar en todas las Bases, Agencias y Promotores de la República Argentina.
  2. Participantes: Pueden participar de la Promoción únicamente todos los socios que posean una propuesta vigente y con pagos al día a la fecha de participación, que tengan su domicilio en el país. Quedan exceptuados de participar las siguientes personas: (i) Los familiares directos e indirectos del personal de Asociación Mutual para Conductores y Asistencia Total de Motovehiculos; (ii) Los familiares directos e indirectos de los proveedores de Asociación Mutual para Conductores y Asistencia Total de Motovehiculos; (iii) los familiares directos e indirectos de la agencia de publicidad vinculados con esta promoción (en adelante, los “Participantes”).
  3. Vigencia: La presente promoción estará vigente desde el día 21 de Diciembre de 2011 hasta el día 29 de Febrero de 2012 inclusive hasta las 23:59 horas (en adelante, el “Plazo de la promoción”).
  4. Mecánica de la Promoción: El día 8 de marzo de 2012 se realizará el sorteo del ganador del premio y los tres (3) suplentes. Los ganadores serán notificados fehacientemente dentro de los 10(diez) días hábiles subsiguientes a la fecha indicada precedentemente. El día 12 de marzo de 2012 se revelaran los ganadores del certamen.
  5. Premio Sorteo: El premio es una moto cero kilometro marca YAMAHA modelo YBR 125.
  6. Los Premios son intransferibles y no canjeables por dinero en efectivo. El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores con motivo y/u ocasión de la Promoción y del uso del Premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y extracontractual que los Ganadores y acompañantes pudieran considerar que les corresponde. El Organizador no es responsable de los bienes y valores que los Ganadores y sus acompañantes pudieran tener, renunciando éstos a todo reclamo contra el Organizador, Asociación Mutual para Conductores y Asistencial Total de Motovehiculos y las empresas y agencias que colaboran para la ejecución de la presente Promoción.
  7. Acreditación de premios: Los Ganadores deberán ser mayores de 18 años cumplidos al momento de su participación; domiciliados en la República Argentina. En caso de ser menor perderá automáticamente todo derecho al Premio y será designado como nuevo Ganador el primer suplente y así sucesivamente según haya sido el orden de selección de los suplentes. En caso que los Ganadores no estuvieran al día con el pago de su cuotas perderán automáticamente todo derecho al Premio y será designado como nuevo Ganador el primer suplente, y así sucesivamente según haya sido el orden de selección de los suplentes.
  8. Obligación de Compra: Los Participantes podrán participar de este sorteo por el simple hecho cumplir con el punto 2, por lo que para concursar no hay obligación de compra.
  9. Facultades del Organizador: El Organizador se reserva el derecho de cancelar, ampliar o modificar la Promoción total o parcialmente, o extenderlo en el tiempo, modificar las presentes Bases incrementando o disminuyendo la cantidad de premios a otorgar. Las modificaciones, ampliaciones, disminuciones o cancelaciones serán difundidas utilizando el mismo mecanismo utilizado para difundir las Bases originales y no generaran responsabilidad alguna por parte del Organizador. Las presentes bases podrán ser consultadas y obtenidas en Bases, Agencias y Promotores adheridos y en la página Web www.oaseatm.com.ar.
  10. Comunicación de los Ganadores: El Organizador notificara por escrito y en forma fehaciente a los que resulten Ganadores. Tanto los participantes como los Ganadores autorizan al Organizador a utilizar sus nombres, números de documento, imágenes personales para publicar esta promoción en cualquier medio, ya sea televisivo, cinematográfico, radial, gráfico, Internet, etc. y sin que esto genere derecho a compensación de ninguna especie por tiempo indefinido.
  11. Interpretación: El Organizador determinará el criterio a aplicar en cualquier situación no prevista en las presentes Bases, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose el derecho a efectuar cualquier tipo de modificación respecto de aquellas situaciones, siempre y cuando no se altere la esencia de la Promoción y de acuerdo a la normativa vigente. Sus decisiones al respecto serán irrecurribles.
  12. Responsabilidad: El Organizador no podrá ser considerado responsable por ningún daño o perjuicio ocasionado o que pudiera ocasionarse a los Participantes y/o a los Ganadores y/o terceros en esta Promoción, en sus personas y/o bienes, debido o en ocasión de la utilización de los Premios que en esta Promoción se ofrecen. La responsabilidad del Organizador finalizará al poner a disposición de los Ganadores los Premios a los que se hicieron acreedores, y de ninguna manera se extenderá al traslado de los mismos.
  13. Jurisdicción: Toda relación que en virtud de esta Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Así mismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.